Todo sobre el servicio social

servicio social- fondo para la educación superior de Antioquia

Generalidades del servicio social

Es una retribución que los estudiantes beneficiarios deben realizar en contraprestación al beneficio que reciben de parte del Fondo para la Educación Superior de Antioquia; conforme se establece en las resoluciones reglamentarias vigentes de los programas de financiación.

El servicio social de los beneficiarios podrá ser prestado de forma presencial o virtual, con el propósito de promover el desarrollo de las regiones del departamento de Antioquia, preferiblemente a partir de su formación académica. 

Los lugares para la prestación de servicio social deben ser entidades legalmente constituidas, públicas o sin ánimo de lucro. 

  • Parques y ciudadelas educativas.
  • Bibliotecas municipales.
  • Instituciones o centros educativos rurales de los municipios de Antioquia.
  • Instituciones de educación superior: en semilleros de investigación, programas de extensión o apoyo a programas y dependencias de la institución.
  • Alcaldías y secretarías municipales en los diferentes programas y proyectos que se lleven a cabo para el desarrollo de los respectivos municipios del departamento de Antioquia.
  • Entidades de prestación de servicios públicos.
  • Programas y proyectos de la Gobernación de Antioquia y cualquiera de sus entidades descentralizadas.
  • Fundaciones, corporaciones, programa con proyección de responsabilidad social de empresas que hacen presencia en las regiones del departamento de Antioquia.
  • ONG’s que presten servicio para el desarrollo municipal y comunitario en las áreas educativas, sociales, culturales, ambientales, recreación y deporte, y que promuevan la protección bienestar y cuidado animal.
  • Entidades gubernamentales de carácter nacional o territorial con presencia en los municipios del departamento de Antioquia.
  • Organizaciones comunitarias.

La prestación del servicio social se inicia a partir del primer semestre que el estudiante recibe el beneficio y conforme al número de horas establecidas en las resoluciones reglamentarias vigentes de los programas de financiación al que pertenezca el beneficiario.

  • Créditos Condonables: 30 horas/ semestre financiado.
  • Becas Condicionadas Regiones: 50 horas/ semestre financiado.
  • Becas Mejores Bachilleres: 50 horas/ semestre financiado.

La cantidad de horas por semestre varían de acuerdo con el programa al que pertenece el beneficiario.

  • Créditos Condonables: 30 horas/ semestre financiado.
  • Becas Condicionadas Regiones: 50 horas/ semestre financiado.
  • Becas Mejores Bachilleres: 50 horas/ semestre financiado.
  1. Certificado en papel membrete, expedido por la entidad en la cual se realizó el servicio social, firmado por el representante legal o directivo autorizado para firmar. Deberá contener:

    * Fecha de expedición del certificado
    * Periodo en que se prestó el servicio social
    * Descripción de las actividades realizadas y la totalidad de horas prestadas.

  2. Formato de planilla de seguimiento, diligenciada y firmada por el estudiante y quien coordinó el servicio social. El formato debe corresponder a la última versión publicada en la página web de la Corporación Gilberto Echeverri Mejía (ver formatos al final).

Nota: para los casos en los cuales los beneficiarios presten el servicio social con la Corporación Gilberto Echeverri Mejía no será necesario aportar el certificado y las planillas de horas de servicio social. Toda vez que la Corporación llevará el control de las horas reportadas por los estudiantes beneficiarios.

  • Actividades de evangelización (actividades de catequesis o actividades ligadas a la conversión de cualquier religión). Se exceptúa los casos en los cuales se preste el servicio social con entes religiosos en actividades sociales para beneficiar a la comunidad.
  • Labores de aseo.
  • Participación en campañas políticas, partidistas o en alguna actividad similar como entrega de volantes de candidatos, recolección de firmas u otras funciones relacionadas.
  • Realización de actividades que sean remuneradas.
  • Labores secretariales como sacar fotocopias, contestar el teléfono, realizar llamadas, repartir refrigerios, llenar planillas, transcribir actas si solo se dedica a ellas exclusivamente y no las realiza como complemento a alguna otra labor de servicio social.
  • Aquellas que sean de obligatorio cumplimiento o como requisito del programa académico cursado por el beneficiario.

qEn general, cualquier actividad que conduzca a beneficios privados.

En caso de haber realizado más de 50 horas, estas serán acumulables y tenidas en cuenta para los semestres siguientes, según se establezca en la reglamentación vigente.

En el caso de no haber cumplido con las horas exigidas del servicio social, el beneficiario podrá presentar una carta de compromiso y acreditar sus horas en el siguiente periodo, pero dicha carta no podrá presentarse de manera consecutiva durante dos periodos académicos y tampoco faltando el último periodo académico de financiación. 

Los estudiantes beneficiarios deben acreditar 30 horas de servicio social durante cada semestre financiado, estas horas no son acumulables. 

El servicio social podrá ser presentado en relación con su área de formación profesional y/o temas pertinentes para el desarrollo del municipio de residencia, del departamento de Antioquia o de la institución de educación superior.

El servicio social se podrá prestar en entidades legalmente constituidas.

Los estudiantes beneficiarios del Programa Mejores Bachilleres deberán prestar el servicio social en su región de procedencia, programas o proyectos de la Gobernación o entidades descentralizadas en los diferentes municipios del departamento de Antioquia, específicamente actividades que sean pertinentes para su municipio.

En caso de haber realizado más de 50 horas, estas serán acumulables y tenidas en cuenta para los semestres siguientes, según se establezca en la reglamentación vigente.

En el caso de no haber cumplido con las horas exigidas del servicio social, el beneficiario podrá presentar una carta de compromiso y acreditar sus horas en el siguiente periodo, pero dicha carta no podrá presentarse de manera consecutiva durante dos periodos académicos y tampoco faltando el último periodo académico de financiación. 

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