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Preguntas Frecuentes

Corresponde al mecanismo de financiación denominado préstamo, con la finalidad de cubrir el valor de matrícula requerido por el estudiante para acceder y permanecer en el sistema de educación superior, siempre que se cumplan las condiciones de acceso establecidas y la disponibilidad presupuestal determinada.

Es un mecanismo de financiación para el acceso y la permanencia en la educación superior en las siguientes instituciones priorizadas por la Gobernación de Antioquia: Universidad Nacional de Colombia sede Medellín, Tecnológico de Antioquia, Universidad de Antioquia, Politécnico Jaime Isaza Cadavid e Institución Universitaria Digital de Antioquia. Bajo cualquiera de las siguientes modalidades de formación: técnica profesional, tecnológica y universitaria…

Es una exención del pago parcial o total del valor del crédito otorgado, cuando se cumplen las exigencias académicas y la prestación de un servicio social, en los términos establecidos por el Programa.

Es una ayuda económica procedente de un Fondo público o privado que se concede a una persona seleccionada de una convocatoria de becas, para pagar total o parcialmente los gastos que le supone cursar sus estudios de educación superior.

Es una convocatoria pública dirigida a grupos poblacionales específicos, definidos en las resoluciones de apertura de cada convocatoria.

Es la persona que se inscribe, con el fin de ser preseleccionada para obtener la financiación de su matrícula y/o su sostenimiento.

Aquellos postulantes que una vez inscritos y calificados conforme a las variables de cada Programa,  quedan dentro del puntaje de corte definido por el comité técnico, de acuerdo con la información suministrada al momento de la inscripción.

Las personas que superada la fase de preselección han certificado los soportes correspondientes de acuerdo con los requisitos de cada Programa, para acceder al crédito condonable o a la beca.

El Programa de Becas Condicionadas – Regiones es un mecanismo de financiación para el acceso y la permanencia en la educación superior en instituciones priorizadas por la Gobernación de Antioquia, bajo cualquiera de las siguientes modalidades de formación: técnica profesional, tecnológica y universitaria.

Las modalidades de financiación del Programa de Becas Condicionadas Regiones se basan en los siguientes conceptos:

MATRÍCULA. Está constituida por el valor parcial o total de los costos académicos, que la Institución que los ofrece certifique, o aceptados por las partes mediante la firma de una alianza de formación con el Programa. Razón por la cual Se otorgará hasta un máximo de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes al semestre, según acuerdos establecidos con cada institución de educación superior aliada al programa.

SOSTENIMIENTO. Está constituido como un apoyo para solventar algunos costos asociados a la manutención, desplazamiento, alojamiento y/o adquisición de medios educativos y tecnológicos del estudiante durante su período de estudio, con base en parámetros de distancia entre la sede de estudios, la residencia del estudiante y la modalidad del programa académico.  De acuerdo con esto, se otorgará un máximo de hasta tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes para el sostenimiento por semestre. El Comité Técnico Operativo establecerá, sin sobrepasar este límite, la tabla de reconocimiento de la beca de sostenimiento, en relación con el tiempo requerido por el estudiante para llegar al lugar de estudio, según la modalidad del programa académico (Virtual, distancia tradicional y presencial).

Las becas solo podrán adjudicarse a las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Colombianos que hayan cursado toda la educación básica secundaria y la media en una Institución Educativa pública o privada del departamento de Antioquia, diferentes a las del municipio de Medellín y que se encuentren residiendo en un municipio del Departamento diferente a Medellín. Salvo las excepciones contempladas en al Artículo Décimo Primero y sus parágrafos.
  2. Pertenecer a los estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.
  3. Haber sido admitido incondicionalmente por una Institución de Educación Superior, o en el SENA, y en un programa académico de educación superior previamente aprobado en la convocatoria.
  4. Haber presentado la Prueba Saber 11° (antes prueba ICFES).
  5. No poseer título universitario, excepto si es título de técnico profesional o tecnólogo y aspira a continuar los estudios universitarios bajo homologación de asignaturas.
  6. No estar activo en otro programa de financiación que otorgue beneficios para el mismo fin.
  7. No haber sido beneficiario de un fondo de educación superior del Departamento, excepto si posee título de técnico profesional o tecnólogo y aspira a continuar los estudios universitarios bajo homologación de asignaturas.
  8. No tener deudas o cuentas pendientes con algún fondo de educación superior del Departamento.
  9. Los demás que indique la convocatoria.

No, las becas están condicionadas a que los estudiantes provenientes de las regiones Urabá, Bajo Cauca, Norte, Nordeste, Suroeste, Occidente, Oriente y Magdalena Medio; permanezcan y realicen sus estudios en las propias regiones en las que han cursado los niveles educativos de básica secundaria y media o en otra región diferente (excepto Valle de Aburrá).

No, el programa de becas está orientado a financiar estudios de educación superior en instituciones priorizadas por la Gobernación de Antioquia, bajo cualquiera de las siguientes modalidades de formación: técnica profesional, tecnológica y universitaria. Dicha oferta siempre estará publicada en la sección de la convocatoria de becas.

Lo más importante, es que, en el momento de inscribirte a una convocatoria de becas, debes estar admitido o en proceso de admisión, es decir estés formalizando el cupo en la Institución de Educación Superior.

Estar admitido = contar con un cupo para estudiar o continuar con sus estudios de formación Técnica profesional, Tecnológica o Universitaria.

En proceso de admisión = se encuentra pendiente de confirmación por parte de la institución de educación superior de la asignación del cupo para adelantar estudios universitarios.

Sí, si posees si un título de técnico profesional o tecnólogo y aspiras continuar con los estudios puedes postularte a una convocatoria de becas para continuar tu proceso de formación bajo la modalidad de ciclo propedéutico u homologación de asignaturas, pero sujeto a la oferta de programas académicos definida en la respectiva convocatoria de becas.

Las becas están condicionadas a que los estudiantes provenientes de las regiones Urabá, Bajo Cauca, Norte, Nordeste, Suroeste, Occidente, Oriente y Magdalena Medio; permanezcan y realicen sus estudios en las propias regiones en las que han cursado los niveles educativos básica secundaria y media o en otra región diferente (excepto Valle de Aburrá). El comité podrá estudiar y definir los casos en los cuales el estudiante haya realizado parte de sus estudios básica secundaria y media en el Valle de Aburrá, para lo cual, el estudiante tendrá que acreditar haber cursado por lo menos tres (3) años de los niveles de básica secundaria y media en un municipio del Departamento diferente a Valle de Aburrá.

De acuerdo con las disposiciones del programa de Becas Condicionadas Regiones, las becas otorgadas deben cumplir con el objetivo principal de apoyar a personas de bajos recursos económicos, especialmente provenientes de las regiones del Departamento diferentes al Valle de Aburrá (se exceptúa la financiación a personas provenientes del municipio de Medellín), para acceder a una educación superior pertinente y de calidad.

El Municipio de Medellín, ya cuenta con una entidad adscrita a la Alcaldía que opera y administra diferentes programas para el acceso y permanencia a la educación superior. Por esta razón este municipio no aplica para participar del programa de Becas Condicionadas Regiones.

La beca no se guarda y tampoco se transfiere, razón por la cual al no hacer uso de la beca y en caso de que desees estudiar en otro semestre, deberás postularte de nuevo en una próxima convocatoria.

Una vez hayas diligenciado la información en el formulario de inscripción deberá aparecer un mensaje denominado ‘Formulario finalizado’, con este mensaje puedes estar seguro de que has quedado inscrito en la convocatoria de becas.

De acuerdo con las disposiciones reglamentarias del Programa de Becas Condicionadas Regiones, solo pueden acceder quienes hayan cursado la básica secundaria y media (de sexto a once) en un municipio de Antioquia, excepto Medellín.

De acuerdo con lo establecido en el reglamento operativo de becas, la selección se realiza con base a los puntajes otorgados por los siguientes criterios:

Factores académicos y de liderazgo:

  1. Resultado obtenido en la prueba Saber.
  2. Estudiantes que hayan participado en la estrategia semestre cero y programas de inducción a la vida universitaria ofertados por la Gobernación de Antioquia.
  3. Participación como personero o contralor estudiantiles en cualquiera de los dos últimos años de educación media.
  4. Mérito Deportivo en cualquiera de los dos últimos años de educación media.
  5. Galardón otorgado en alguna categoría de Antioqueña de Oro.
  6. Tipo de institución de educación superior.
  7. Modalidad del programa de estudio.

Factores Socioeconómicos:

  1. Estrato Socioeconómico del Núcleo Familiar.
  2. Tipo de municipio de residencia.
  3. Grupos poblacionales.
  4. Población en condición especial.

Solicitud. Es el acto por el cual los estudiantes diligencian los formularios físicos o digitales según las condiciones que se establezcan. Toda información que el estudiante suministre en el formulario será verificada posteriormente.

Preselección. Los estudiantes que hagan solicitud en cada uno de los programas para los que se abre la convocatoria se ordenarán en puntajes cuya asignación se establecen en el presente reglamento. La preselección se hará, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Comité Técnico Operativo, siguiendo el orden de la lista según puntaje obtenido de mayor a menor, con corte en la disponibilidad presupuestal y en el número máximo de cupos establecidos. El detalle de esta preselección quedará consignado en el acta del Comité Técnico Operativo.

Legalización. Los estudiantes preseleccionados deberán presentar todos los documentos que acrediten la información suministrada en el formulario de inscripción, y firmar los documentos tanto personales como del tutor, (El tutor debe ser una persona que acompañe el estudiante en su proceso de formación, que vele por la permanencia de este en la educación superior y que resida de manera permanente en Colombia), según indicaciones del Comité Técnico Operativo.

Adjudicación. De acuerdo con la etapa de legalización, los preseleccionados que cumplan con los requisitos establecidos para la convocatoria, los cuales han sido demostrados mediante la documentación entregada, serán quienes efectivamente recibirán la adjudicación de la beca y estos serán debidamente notificados.

Desembolso. El programa girará los recursos por concepto de matrícula a la Institución de Educación Superior según el valor establecido en la liquidación de matrícula (este valor no superará el tope establecido en el artículo décimo octavo del presente reglamento) y en la conciliación realizada con la institución de educación superior, donde consta que efectivamente el estudiante se encuentra en estado matriculado. Los recursos por concepto de sostenimiento entregarán al estudiante una vez la institución de educación superior certifique que se encuentra estudiando. El programa determinará el mecanismo para la entrega del recurso.

Renovación. Al iniciar cada período académico el estudiante debe renovar la beca cumpliendo los requisitos establecidos en el Artículo Décimo cuarto: Condiciones de Permanencia y siguiendo los mecanismos señalados por el programa.

Cierre. Se dará el cierre del expediente de cada estudiante en el momento en que cese el otorgamiento del beneficio adjudicado por el Programa de Becas Condicionadas – Regiones, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo Vigésimo Segundo de la presente Resolución. Para lo cual la Corporación para el Fomento de la Educación Superior expedirá un Acta de Cierre.

El tutor es la persona encargada de acompañar al estudiante durante el proceso de formación.

Las becas están condicionadas a los siguientes requisitos:

a. Créditos académicos. En cada semestre académico el estudiante debe matricular, cursar y aprobar mínimo las dos terceras partes de lo que correspondería al semestre académico (calculado con base en el número de créditos del programa académico, dividido por el número de semestres aprobado oficialmente para el programa); el programa solo financia bajo la modalidad de beca hasta el número total de periodos académicos que tenga aprobado el pregrado ante el Ministerio de Educación Nacional.

b. Al finalizar los períodos 1 y 2 del programa académico, el estudiante deberá acreditar en cada uno de ellos un promedio de calificaciones de 3.2 o superior. Al finalizar cada uno de los períodos siguientes deberá acreditar un promedio de calificaciones de 3.2 o superior o un promedio acumulado de toda la carrera cursada hasta el momento de 3.5 o superior.

c. A partir del segundo semestre el estudiante deberá certificar 50 horas de servicio social semestrales, conforme lo reglamenta la resolución número S201500094299 del 2015 o los que la adicionen o modifiquen.

d. En cada semestre académico el estudiante debe haber participado como mínimo dos veces en las actividades de acompañamiento programadas por la Corporación.

CAUSALES DE SUSPENSIÓN ORDINARIA. Se suspenderá en forma temporal los desembolsos de las becas por las siguientes causales:

  1. Expresa voluntad del beneficiario.
  2. No realizar el proceso de renovación de la beca condicionada.
  3. Incurrir en dos periodos académicos consecutivos en una suspensión de beneficio.

CAUSALES DE SUSPENSIÓN DE BENEFICIO. Se suspenderá el beneficio de la beca al incumplir por lo menos uno de los siguientes requisitos de renovación conforme a lo establecido en el Artículo Décimo Cuarto del presente reglamento:

  1. Prestación del servicio social.
  2. Promedio académico semestral y/o acumulado.
  3. Número de créditos matriculados, cursados y aprobados por semestre.

CAUSALES DE SUSPENSIÓN ESPECIAL. Se suspenderá en forma temporal los desembolsos de las becas por las siguientes causales:

  1. Retiro temporal debidamente justificado por calamidad doméstica, por incapacidad certificada, por el llamado a prestar servicio militar, por fuerza mayor o caso fortuito entre otros, debidamente certificada por la entidad competente.
  2. Obtención de beca otorgada por la Institución de Educación Superior u otras entidades. El Comité Técnico Operativo evaluará y definirá la conservación del beneficio o suspensión del apoyo según la beca que le haya sido otorgada al estudiante por otra entidad.
  3. Cierre temporal de la institución de educación superior y/o programa académico, hasta por dos períodos académicos.

Es una contraprestación a la beca por parte de los beneficiarios mediante actividades al servicio de la comunidad, es decir una práctica integral comprometida con la sociedad que permite consolidar la formación del profesional promoviendo el desarrollo municipal y regional.

Todos los beneficiarios del Programa de Becas Condicionadas Regiones.

Para las becas de educación superior, se deberá realizar semestralmente 50 horas de servicio social por cada semestre financiado, independientemente si el beneficio está adjudicado para el pago de matrícula y/o para sostenimiento.

En caso tal que el beneficiario por cualquier causa o razón no pueda realizar su servicio social, este tiene el derecho de poder acumular las horas con el siguiente semestre consecutivo, mediante el diligenciamiento del formato de la carta de compromiso. Cabe recordar que una vez presentada el acta de compromiso al siguiente semestre se deberán cumplir con las horas pendientes que para el presente caso serán solo 100 horas.

Sí, este requisito es obligatorio para poder realizar el proceso de renovación de la beca, en caso contrario incurrirá en una de las causales de suspensión de beneficio consagradas en el reglamento operativo del Programa.

El servicio social de los beneficiarios deberá ser prestado en entidades legalmente constituidas, tales como:

  • Parques y ciudadelas educativas.
  • Bibliotecas municipales.
  • Instituciones o centros educativos rurales del municipio.
  • Instituciones de Educación Superior: en Semilleros de investigación, programas de extensión o apoyo y dependencias de la institución.
  • Gobernación, Alcaldías y secretarías municipales en sus diferentes programas de gobierno.
  • Entidades prestadoras de servicios públicos.
  • Fundaciones, corporaciones y ONG que presten servicios para el desarrollo municipal y comunitario en las áreas educativas, culturales, ambientales, recreación y deporte.
  • Entidades de control: contralorías, personerías, procuradurías y fiscalía con presencia en los municipios.
  • Programa de presidencia de a republica con asentamiento en los municipios tales como DPS, Unidad de víctimas, Fondos de vivienda de interés social, entre otros.
  • Policía Nacional, INPEC, entre otras actividades que influyan en la promoción, prevención y proyección a la comunidad.
  • Juntas de acción comunal.

Cualquier otra entidad diferente a las mencionadas anteriormente requerirán autorización por parte del comité técnico del programa, antes de iniciar la prestación del servicio social.

  • Certificado en papel membrete, expedido por la entidad, legalmente constituida en la cual se realizó el servicio social, debidamente firmado por el representante legal o directivo autorizado para firmar, este documento deberá contener fecha de expedición del certificado, periodo en que se prestó el servicio social por parte del estudiante, descripción de las actividades realizadas y la totalidad de horas prestadas.
  • Formato de planillas de servicio social, debidamente diligenciada y firmada por el estudiante y quien le coordino las horas, esta planilla deberá corresponder con la ultima versión autorizada por el programa de becas, dispuesta en la página web de la Corporación.
  1. Becas Regiones
  2. Créditos Condonables
  3. Mejores Bachilleres PDET
  4. Guarne pa´ la U
  5. Saber Rionegro

Es un estímulo dirigido a los estudiantes con los mejores resultados en las Pruebas Saber 11° de las sedes educativas oficiales ubicadas en los municipios PDET y no certificados del departamento de Antioquia, que hayan sido admitidos en instituciones de educación superior oficiales con presencia y oferta en el departamento de Antioquia.

*Matrícula: un máximo de dos (2) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes SMLMV por cada semestre académico durante el número de periodos académicos establecido para el programa de estudio, de acuerdo con los parámetros establecidos por la institución de educación superior.

*Sostenimiento: se asignará un monto de hasta tres (3) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes SMLMV por cada semestre para el respectivo sostenimiento. El comité técnico operativo establecerá, sin sobrepasar este límite, la tabla de reconocimiento de la beca de sostenimiento, en relación con el tiempo requerido por el estudiante para llegar al lugar de estudio, según la modalidad del programa académico (virtual, distancia tradicional y presencial).

Los estudiantes beneficiarios como Mejores bachilleres deberán prestar el servicio social en su región de procedencia, en programas o proyectos de la Gobernación o entidades descentralizadas en los diferentes municipios del departamento de Antioquia, específicamente actividades que sean pertinentes para su municipio.